Cómo deducir la compra de equipo de cómputo ante el SAT.
Compraste —o estás por comprar— laptops y computadoras para tu empresa, y la pregunta lógica aparece: ¿esto lo puedo deducir? La respuesta corta es sí. La útil es que cómo lo deduces cambia cuánto dinero recuperas y en cuánto tiempo — y ahí es donde la mayoría de las empresas deja dinero sobre la mesa sin saberlo.
Por Carlos Serrano · Enfoque de negocio · 29 may 2026

Esto no es asesoría fiscal a la medida —para eso está tu contador, y al final te digo exactamente qué preguntarle—. Es el panorama que necesitas para tomar una decisión informada de negocio, no para que te tome por sorpresa en la declaración.
Lo primero: comprar equipo es una inversión, no un gasto
Acá está el malentendido más común. Cuando compras equipo de cómputo, fiscalmente no lo deduces todo de golpe el día que lo pagas. El SAT lo trata como una inversión en activo fijo, y las inversiones se deducen poco a poco a lo largo de varios años, vía un mecanismo que se llama depreciación.
Traducido al negocio: si gastaste 300,000 pesos en laptops este año, no bajas 300,000 de tu base gravable este año. Los bajas en partes, durante los próximos años, según un porcentaje que la ley define. Tu beneficio fiscal es real, pero llega diferido en el tiempo.
Esto tiene una consecuencia que casi nadie calcula al momento de comprar: tu dinero sale completo hoy, pero el escudo fiscal te lo devuelven en cuotas. Para una empresa que cuida su caja, eso importa.
"El hardware se deprecia desde el minuto uno. El efectivo en tu caja no. Renta lo que se deprecia, compra lo que genera valor."
Cuánto y en cuánto tiempo puedes deducir
Para equipo de cómputo —computadoras de escritorio, laptops, servidores—, la Ley del Impuesto sobre la Renta permite depreciar hasta un 30% anual sobre el monto original de la inversión. En la práctica, eso significa que el valor del equipo se deduce a lo largo de poco más de tres años.
Un ejemplo con números redondos para que se vea claro. Compras equipo por 300,000 pesos:
- Año 1: deduces 30% → 90,000 pesos
- Año 2: deduces 30% → 90,000 pesos
- Año 3: deduces 30% → 90,000 pesos
- Año 4: deduces el 10% restante → 30,000 pesos
Cuatro ejercicios fiscales para deducir lo que pagaste en uno. El equipo, mientras tanto, lo usas desde el primer día. El beneficio existe, pero está repartido.
Hay un matiz importante: estos son los porcentajes máximos. Y los cálculos reales se ajustan por inflación y por el momento del año en que adquiriste el equipo. Por eso el número fino lo corre tu contador —pero el orden de magnitud y el plazo son estos.

Los requisitos para que el SAT te lo acepte
Que el equipo sea deducible en teoría no sirve de nada si la operación no cumple las reglas. Tres condiciones que no son negociables:
Factura (CFDI) a nombre de tu empresa. Con tu RFC, tu razón social y tu uso de CFDI correcto. Sin factura formal, no hay deducción —y aquí es donde muchas compras "de ocasión" o de marketplace se caen, porque no entregan un comprobante fiscal en regla.
Pago por medios bancarios. Si la compra supera los 2,000 pesos, tiene que pagarse con transferencia, cheque, tarjeta o monedero electrónico. Efectivo por encima de ese monto no es deducible. Para una compra de varios equipos, esto es automático, pero conviene tenerlo presente.
Que sea estrictamente indispensable para tu actividad. Equipo de cómputo para una empresa que opera con computadoras lo es, sin discusión. El punto es que el activo tenga relación clara con cómo generas ingresos.
Si compras equipo formal, con factura y pago bancario, cumples las tres sin esfuerzo. Es justamente la diferencia entre comprarle a un proveedor que te da papeles en regla y comprarle a uno que no —algo que vale la pena revisar antes de cerrar, no después.
La alternativa que cambia la ecuación: rentar en vez de comprar
Acá está lo que casi nadie te explica cuando solo piensas en comprar. Existe otra vía fiscal completamente distinta: el arrendamiento.
Cuando rentas tu equipo de cómputo en lugar de comprarlo, ya no estás haciendo una inversión que se deprecia a tres años. Estás generando un gasto operativo, y la renta mensual es 100% deducible en el ejercicio en que la pagas. No hay depreciación, no hay diferir el beneficio cuatro años: lo que pagas este mes, lo deduces este año.
La diferencia para tu caja y tu carga fiscal es directa. Con la compra, deduces 30% al año. Con el arrendamiento, la renta completa es deducible mes a mes —y además no descapitalizas, porque no sueltas el monto completo de un jalón. Tu contador lo registra como gasto, tu base gravable baja proporcionalmente cada ejercicio, y tu efectivo se queda trabajando en el negocio.
No es que rentar sea siempre mejor. Es que es una palanca fiscal distinta, y vale la pena ponerla sobre la mesa antes de decidir.
Comprar o rentar, fiscalmente hablando: cuándo conviene cada uno
La regla práctica, sin entrar en la cuenta fina que hará tu contador:
Comprar tiende a convenir cuando tienes la caja disponible sin que te apriete, cuando el equipo lo vas a usar muchos años, y cuando prefieres tener el activo en tu balance. El beneficio fiscal llega diferido, pero a largo plazo el costo total suele ser menor.
Rentar tiende a convenir cuando quieres deducir al 100% mes a mes en lugar de esperar tres años, cuando prefieres no descapitalizarte, cuando tu empresa está creciendo y el efectivo vale más en operación que atorado en hardware, y cuando quieres renovar equipo con frecuencia sin cargar con la reventa.
Si quieres ver esta decisión desde el ángulo financiero completo —no solo el fiscal—, lo desarrollamos en detalle en comprar o rentar las computadoras de tu empresa.
Un punto que casi siempre se olvida: el equipo viejo
Si estás renovando, hay una pieza fiscal y de negocio que suele quedarse fuera de la conversación: qué pasa con el equipo que sale. Ese equipo anterior tiene valor —de mercado y, según cómo esté registrado, también fiscal—. Tirarlo o dejarlo muerto en una bodega es desperdiciar las dos cosas. Convertirlo en crédito hacia tu compra nueva con un Trade-in Empresarial baja tu desembolso sin afectar la formalidad de la operación. Es una conversación que conviene tener con tu proveedor antes de comprar, no después.
Qué preguntarle a tu contador
Para cerrar la decisión con tu contador, llévale estas tres preguntas concretas:
- Según mi flujo de caja y mi proyección de utilidad de este año, ¿me conviene más el escudo fiscal diferido de la compra o la deducción inmediata del arrendamiento?
- ¿Cómo afecta cada opción mi base gravable este ejercicio en particular?
- Si arriendo, ¿el contrato cumple las características de arrendamiento puro para deducir la renta al 100%?
Con esas respuestas tomas la decisión sobre datos, no sobre intuición.
Esto es información general de negocio, no asesoría fiscal personalizada. Las cifras, porcentajes y plazos dependen de tu situación específica y de la normatividad vigente; confírmalos siempre con tu contador o asesor fiscal.
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